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Calculadora de indemnizacion por despido

Calculadora indemnizacion
Por Ivan EscuderoActualizado el 15 de junio de 2026

En resumen

Calcula la indemnizacion por despido improcedente u objetivo segun tu salario y antiguedad. Gratis, claro y actualizado a 2026.

Calculadora de indemnizacion por despido

Respuesta rapida: en Espana, en 2026, el despido improcedente se indemniza con 33 dias de salario por ano trabajado (tope de 24 mensualidades), con un regimen transitorio de 45 dias por ano para el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012 (tope conjunto de 720 dias, o de hasta 42 mensualidades si el tramo antiguo ya las superaba en esa fecha). El despido objetivo paga 20 dias por ano con tope de 12 mensualidades, el fin de contrato temporal 12 dias por ano, y el despido nulo no se indemniza: obliga a readmitir con abono de los salarios dejados de percibir. La indemnizacion obligatoria esta exenta de IRPF hasta 180.000 euros, y el plazo para impugnar un despido es de 20 dias habiles.

Antes de nada: si has llegado buscando una indemnizacion por despido pensada para tu comunidad, estas en el sitio correcto. Hemos reunido aqui todo lo que antes estaba repartido en paginas sueltas por comunidad. Una sola herramienta, un selector arriba, y el calculo se ajusta a la zona que elijas. Asi no tienes que adivinar cual es la version buena.

Un despido nunca llega en buen momento, y encima toca pelear con numeros que casi nadie entiende. Cuanto me corresponde de indemnizacion es la pregunta del millon. Esta calculadora te da la respuesta segun tu salario, tu antiguedad y el tipo de despido. Y debajo te explico las trampas que hay que vigilar. Un aviso honesto antes de seguir: esto es materia legal y cada caso tiene matices. La calculadora orienta; la decision de firmar, reclamar o negociar merece pasar por un abogado laboralista o un graduado social. Cuesta menos de lo que crees y puede suponer miles de euros de diferencia.

No todos los despidos pagan lo mismo

La cantidad depende del tipo de despido. Un despido improcedente, el que no esta bien justificado, paga 33 dias de salario por ano trabajado, con un tope de veinticuatro mensualidades. Un despido objetivo, por causas economicas o de organizacion, paga 20 dias por ano, con tope de doce mensualidades. Y ojo con un detalle historico: el tiempo trabajado antes de febrero de 2012 se cuenta a 45 dias por ano. Si llevas muchos anos en la empresa, esa parte vieja vale mas.

Conviene tener claro el mapa completo, porque la palabra "despido" agrupa situaciones muy distintas:

  • Despido disciplinario procedente: la empresa acredita un incumplimiento grave y culpable (art. 54 del Estatuto de los Trabajadores). No genera indemnizacion, solo finiquito. Eso si: la procedencia la declara un juez o la asume el trabajador al no impugnar; que la carta diga "disciplinario" no lo convierte en procedente.
  • Despido improcedente: el juez considera que la causa no existe o no se ha probado, o que hay defectos de forma. La empresa elige entre readmitir con salarios de tramitacion o indemnizar con 33 dias por ano (45 para el tramo anterior a 2012).
  • Despido objetivo procedente: causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion (art. 52 y 53 ET). Paga 20 dias por ano con tope de 12 mensualidades, y la indemnizacion debe ponerse a disposicion del trabajador en el mismo momento de entregar la carta, salvo falta de liquidez acreditada.
  • Despido colectivo (ERE): misma indemnizacion legal minima de 20 dias por ano, aunque en la practica los acuerdos con la representacion de los trabajadores suelen mejorarla (30, 35 o mas dias por ano, segun la negociacion).
  • Despido nulo: vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, permisos de nacimiento, reduccion de jornada por cuidado, victimas de violencia de genero...). No hay indemnizacion sustitutiva: la empresa debe readmitir y abonar los salarios dejados de percibir, ademas de una posible indemnizacion adicional por danos si se vulneraron derechos fundamentales.
La calificacion del despido no la decide la carta que te entrega la empresa: la decide un juez si tu la impugnas. Muchos despidos "disciplinarios" acaban declarados improcedentes porque la empresa no logra probar la causa.

Como se calcula, paso a paso

Primero, tu salario diario: el bruto anual entre 365. Luego multiplicas ese diario por los dias que correspondan (33, 20 o 45) y por tus anos de antiguedad. Por ultimo, se compara con el tope de mensualidades, y se aplica el menor de los dos. La calculadora hace todo esto y te ensena el calculo bruto, el tope y el resultado final, para que veas si te ha topado el limite.

Dos detalles que la gente pasa por alto y que los tribunales si aplican. Uno: la antiguedad se computa por meses, redondeando al alza los periodos inferiores al mes. Si llevas 5 anos y 7 meses, no se calcula con "5,58 anos" a secas: se prorratea por meses completos, y la fraccion de mes cuenta como mes entero. Dos: la fecha de antiguedad es la del inicio real de la relacion laboral, no la del ultimo contrato. Si encadenaste contratos temporales sin interrupcion relevante, o pasaste por una ETT para el mismo puesto, la antiguedad suele arrancar en el primer dia del primer contrato. Este punto cambia indemnizaciones enteras y es uno de los que mas discuten los abogados laboralistas, con razon.

El salario regulador: la base de todo el calculo

El salario que se usa para calcular la indemnizacion se llama salario regulador, y equivocarse aqui es equivocarse en todo. La regla general: es el salario bruto que percibias en el momento del despido, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y todos los conceptos salariales, en dinero o en especie.

Que entra en el salario regulador

  • Salario base y complementos fijos (antiguedad, convenio, puesto, nocturnidad habitual...).
  • Pagas extras prorrateadas. Si cobras 14 pagas, el regulador se calcula sobre el total anual, no sobre la mensualidad corriente.
  • Retribucion variable: comisiones, bonus e incentivos. Lo habitual es promediar los ultimos 12 meses.
  • Salario en especie: coche de empresa con uso particular, seguro medico, ticket restaurante, stock options en ciertos casos. Se valora en euros y suma.
  • Horas extras habituales, cuando forman parte estructural de la retribucion, segun criterio judicial.

Que NO entra

  • Dietas y gastos de locomocion que compensan gastos reales (conceptos extrasalariales).
  • Indemnizaciones o suplidos (plus de transporte compensatorio, desgaste de herramientas...).
  • Prestaciones de la Seguridad Social percibidas durante la relacion.

Ejemplo numerico completo del salario regulador

Marta cobra 1.900 euros brutos al mes en 14 pagas, un bonus anual que en el ultimo ano fue de 2.400 euros y un seguro medico de empresa valorado en 600 euros al ano. Su salario regulador anual: 1.900 x 14 = 26.600 euros, mas 2.400 de bonus, mas 600 en especie = 29.600 euros. Su salario diario regulador: 29.600 / 365 = 81,10 euros al dia. Ese es el numero que multiplica todo lo demas. Si la empresa calculase solo con el fijo (26.600 / 365 = 72,88 euros/dia), Marta perderia unos 8 euros por cada dia indemnizado; en un despido improcedente con 6 anos de antiguedad (198 dias), la diferencia supera los 1.600 euros. Por eso revisar el regulador es lo primero que hace cualquier graduado social al mirar una carta de despido.

La empresa calcula la indemnizacion con el salario que le conviene; el juez la calcula con el salario real. Entre uno y otro suele haber pagas extras sin prorratear, variables olvidados y salario en especie que "desaparece".

Despido improcedente en 2026: 33 dias, tope de 24 mensualidades

Es el escenario que mas consultas genera. Si el juez (o la propia empresa, reconociendo la improcedencia) declara improcedente el despido, la indemnizacion es de 33 dias de salario por ano de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al ano, con un maximo de 720 dias de salario (24 mensualidades). La empresa puede optar por readmitirte en lugar de indemnizar; si el despedido es un representante de los trabajadores, la opcion es suya, no de la empresa.

El regimen transitorio: 45 dias para lo anterior al 12 de febrero de 2012

La reforma laboral de 2012 bajo la indemnizacion de 45 a 33 dias, pero no borro el pasado. Si tu contrato empezo antes del 12 de febrero de 2012, el calculo se hace en dos tramos: el tiempo hasta esa fecha a 45 dias por ano, y el tiempo posterior a 33 dias por ano. La suma tiene un tope de 720 dias de salario, salvo que solo con el tramo antiguo ya superases los 720 dias en febrero de 2012: en ese caso conservas esa cifra como tope propio, sin que pueda crecer mas, y con el limite absoluto de 42 mensualidades.

Ejemplo completo con regimen transitorio

Jorge entro en su empresa el 1 de febrero de 2008 y lo despiden de forma improcedente el 1 de febrero de 2026 con un salario regulador de 32.850 euros anuales (90 euros/dia). Tramo 1: del 1-2-2008 al 12-2-2012 son 4 anos (redondeando por meses, 4,03 anos) a 45 dias = unos 181 dias. Tramo 2: del 12-2-2012 al 1-2-2026 son practicamente 14 anos a 33 dias = unos 462 dias. Total: 643 dias, por debajo del tope de 720, asi que no se recorta. Indemnizacion: 643 x 90 = 57.870 euros. Si todo su tiempo se contase a 33 dias (18 anos x 33 = 594 dias), cobraria 53.460 euros: el regimen transitorio le anade mas de 4.400 euros. Con antiguedades desde los anos 90, la diferencia puede ser mucho mayor.

El debate abierto sobre la indemnizacion "tasada"

Te lo cuento porque lo veras en prensa: el Comite Europeo de Derechos Sociales ha cuestionado que la indemnizacion espanola por despido improcedente, al ser una tarifa cerrada, no siempre repara el dano real, y hay un debate politico y judicial sobre una posible reforma. A dia de hoy, en 2026, la regla general que aplican los tribunales sigue siendo la indemnizacion tasada de 33/45 dias, y cualquier indemnizacion adicional es excepcional y discutida caso a caso. Si tu situacion es de las que podrian merecer mas (dano especialmente grave, antiguedad muy corta con perjuicio alto), es exactamente el tipo de asunto que debe valorar un abogado laboralista, no una calculadora.

Despido objetivo: 20 dias, tope de 12 mensualidades

El despido objetivo del articulo 52 ET exige causa: economica (perdidas o caida persistente de ingresos), tecnica, organizativa o de produccion, ademas de otras como la ineptitud sobrevenida. Requisitos de forma que la empresa debe cumplir si o si: carta escrita explicando la causa con detalle, preaviso de 15 dias (o su pago sustitutorio) y, sobre todo, poner a tu disposicion la indemnizacion de 20 dias por ano en el mismo momento de la entrega de la carta. Si falta la puesta a disposicion sin justificar falta de liquidez, o la causa es generica o falsa, el despido puede declararse improcedente y pasar de 20 a 33/45 dias. Es la razon por la que nunca conviene dar por bueno un objetivo sin revisarlo: la diferencia economica es enorme y los defectos de forma son mas frecuentes de lo que parece.

Fin de contrato temporal: 12 dias por ano

Cuando un contrato temporal termina por llegar a su fin (fin de la causa, fin del plazo), no hay despido: hay extincion, y la indemnizacion legal es de 12 dias de salario por ano de servicio, prorrateados. Ejemplo: contrato por circunstancias de la produccion de 9 meses con salario de 24.000 euros anuales (65,75 euros/dia): 12 dias x 0,75 anos = 9 dias; 9 x 65,75 = 591,75 euros, ademas del finiquito (vacaciones no disfrutadas y pagas pendientes). Dos matices importantes. Primero: los contratos formativos y el de sustitucion (el antiguo interinaje) no generan esta indemnizacion de 12 dias. Segundo: si el contrato temporal esta en fraude de ley (encadenamiento irregular, causa falsa, puesto estructural cubierto con temporales), su extincion es en realidad un despido improcedente de 33 dias por ano. Desde la reforma de 2021-2022 los contratos temporales estan mucho mas restringidos, y los tribunales miran el fraude con lupa: si sospechas que tu "fin de contrato" esconde otra cosa, consultalo.

Tabla comparativa 2026 por tipo de despido

Tipo de extincionDias por anoTopeQuien decide / matiz clave
Despido improcedente (desde 12-2-2012)33 dias24 mensualidades (720 dias)La empresa elige entre readmision o indemnizacion (salvo representantes)
Despido improcedente (tramo anterior a 12-2-2012)45 diasConjunto 720 dias; hasta 42 mensualidades si ya se superaban en 2012Regimen transitorio de la reforma de 2012, calculo en dos tramos
Despido objetivo procedente (art. 52 ET)20 dias12 mensualidadesIndemnizacion a disposicion al entregar la carta + preaviso de 15 dias
Despido colectivo (ERE)20 dias (minimo legal)12 mensualidades (minimo legal)Los acuerdos suelen mejorar la cifra
Fin de contrato temporal12 diasSin tope especificoNo aplica a formativos ni contrato de sustitucion
Despido disciplinario procedente0 dias-Solo finiquito; la procedencia debe probarse
Despido nuloNo hay indemnizacion sustitutiva-Readmision obligatoria + salarios de tramitacion (+ danos si hay vulneracion de derechos)
Dimision voluntaria0 dias-Solo finiquito; sin paro, salvo excepciones
Extincion por voluntad del trabajador (art. 50 ET)33 dias (como improcedente)24 mensualidadesImpagos o modificaciones graves; la declara el juez

Fijate en la ultima fila: si la empresa te debe salarios de forma reiterada o modifica gravemente tus condiciones, puedes pedir tu al juzgado la extincion indemnizada del contrato con la misma indemnizacion que un improcedente, y con derecho a paro. Es la via del articulo 50 ET y mucha gente la desconoce; eso si, exige seguir trabajando mientras se tramita (salvo situaciones insostenibles) y acreditar bien la causa, asi que es terreno de abogado.

Un ejemplo con cifras

Toma a alguien con 28.000 euros brutos anuales y cinco anos en la empresa, despedido de forma improcedente. Su salario diario es 28.000 entre 365, unos 76,7 euros. Por improcedente le tocan 33 dias por ano, asi que 33 por cinco son 165 dias, que multiplicados por el diario dan unos 12.650 euros. Se comprueba con el tope de veinticuatro mensualidades y, como no lo supera, esa es su indemnizacion. La calculadora te ensena el calculo bruto, el tope y el resultado final.

Si esa misma persona hubiera entrado en la empresa antes de febrero de 2012, parte de su antiguedad se contaria a 45 dias por ano, lo que elevaria bastante la cifra. Por eso la antiguedad larga vale tanto: arrastra ese tramo historico mas generoso. Es un detalle que conviene recordar a quien lleva muchos anos en el mismo sitio.

Mas ejemplos rapidos para situarte

CasoSalario bruto anualAntiguedadTipoIndemnizacion aproximada
Dependienta18.000 € (49,32 €/dia)3 anosImprocedente (33 dias)99 dias x 49,32 = 4.882 €
Administrativo24.000 € (65,75 €/dia)8 anosObjetivo (20 dias)160 dias x 65,75 = 10.520 €
Tecnico35.000 € (95,89 €/dia)12 anosImprocedente (33 dias)396 dias x 95,89 = 37.972 €
Directiva con antiguedad de 199860.000 € (164,38 €/dia)28 anos (14 pre-2012 a 45 dias + 14 post a 33)Improcedente transitorio1.092 dias brutos, topa en 720: 118.354 €
Camarero, fin de contrato19.000 € (52,05 €/dia)1 anoTemporal (12 dias)12 dias x 52,05 = 625 €

El cuarto caso ilustra el tope en accion: 14 anos a 45 dias son 630 dias, mas 14 anos a 33 dias son 462, total 1.092 dias... pero como el tramo antiguo no llegaba por si solo a 720 dias en febrero de 2012, el conjunto topa en 720 dias (24 mensualidades). Aun asi hablamos de mas de 118.000 euros. Con estas cifras en juego, pagar una consulta profesional es la mejor inversion posible.

FOGASA: que cobras si la empresa es insolvente

Y si la empresa no paga porque ha quebrado? Para eso existe el Fondo de Garantia Salarial (FOGASA), un organismo publico que abona, dentro de ciertos limites, los salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa es declarada insolvente o esta en concurso de acreedores. A grandes rasgos:

  • Salarios impagados: FOGASA cubre hasta 120 dias de salario pendiente, con un maximo diario del doble del Salario Minimo Interprofesional incluida la prorrata de pagas extras.
  • Indemnizaciones: cubre las de despido improcedente, objetivo, colectivo, fin de contrato temporal y extincion del art. 50 ET, con un limite de una anualidad y calculando como maximo 30 dias por ano trabajado, tambien con el tope del doble del SMI diario con prorrata.
  • Requisito previo: normalmente necesitas un titulo que reconozca la deuda (sentencia, acta de conciliacion judicial, certificacion concursal). El acuerdo en conciliacion administrativa no basta para reclamar la indemnizacion a FOGASA, y este detalle condiciona la estrategia de reclamacion.

La solicitud se presenta con el formulario oficial en sede electronica o registro, y el plazo de prescripcion es de un ano desde el titulo que reconoce la deuda. Traduccion practica: si tu empresa hace aguas, no te limites a esperar; reclama judicialmente para tener el titulo y luego acude a FOGASA. Un graduado social gestiona esto de forma rutinaria y evita que se te pasen los plazos.

La buena noticia fiscal

La indemnizacion obligatoria por despido esta exenta de IRPF hasta el limite legal. Es decir, no tributa, no te quitan nada por ese tramo. Solo paga impuestos la parte que supere ese tope, algo que solo afecta a indemnizaciones muy altas. Asi que, a diferencia del finiquito, la indemnizacion suele llegarte integra.

Los detalles finos de la exencion (art. 7.e LIRPF)

  • Exenta solo la indemnizacion obligatoria. Esta exenta la cuantia que marca el Estatuto de los Trabajadores como obligatoria (33/45 dias en improcedente, 20 en objetivo...). Todo lo que la empresa pague por encima de ese minimo legal (mejoras pactadas, indemnizaciones de convenio superiores) tributa como rendimiento del trabajo.
  • Limite absoluto de 180.000 euros. Aunque la indemnizacion legal sea mayor, la exencion se corta en 180.000 euros; el exceso tributa.
  • Reduccion del 30% para el exceso. La parte no exenta, si se ha generado en mas de dos anos, puede aplicar la reduccion del 30% por renta irregular (con su propio limite de base), lo que suaviza el golpe fiscal. Se aplica en la declaracion, y conviene revisar la retencion que practica la empresa.
  • Requisito de desvinculacion real. Hacienda exige que no vuelvas a trabajar para la misma empresa (o una vinculada) en los 3 anos siguientes; si vuelves, se presume que no hubo despido real y puede reclamarte el impuesto de la exencion.
  • Despidos "pactados" y bajas incentivadas: si en realidad hay un acuerdo extintivo y no un despido, la exencion peligra. La conciliacion (administrativa o judicial) ayuda a acreditar la realidad del despido, pero la Inspeccion mira los indicios en conjunto.
  • Fin de contrato temporal: la indemnizacion de 12 dias NO esta exenta, porque no deriva de un despido sino de la extincion pactada de un contrato. Tributa como salario.
  • Cotizacion: la indemnizacion exenta tampoco cotiza a la Seguridad Social dentro de los limites legales.

Con cifras grandes o situaciones mixtas (parte legal, parte pactada), un asesor fiscal o el propio laboralista te haran los numeros netos antes de firmar nada. Firmar un acuerdo sin saber cuanto te queda despues de impuestos es negociar a ciegas.

Misma regla en todo el pais

La indemnizacion por despido la fija el Estatuto de los Trabajadores. Es estatal, no cambia por comunidad. El selector de esta pagina esta para orientarte y enlazarte con recursos de empleo de tu zona, pero los dias por ano y los topes son iguales en toda Espana.

Lo que se juega en los primeros 20 dias

Si crees que tu despido es improcedente, tienes veinte dias habiles para impugnarlo. Pasado ese plazo, lo pierdes. No es mucho tiempo y los nervios juegan en contra, asi que si tienes dudas, consulta cuanto antes. La diferencia entre aceptar un despido objetivo y conseguir que se declare improcedente puede ser de bastantes miles de euros. Calcular bien es el primer paso; mover ficha a tiempo, el segundo.

La papeleta de conciliacion, paso a paso

Antes de demandar hay que intentar la conciliacion administrativa. El recorrido tipo es este:

  1. Dia 0: te entregan la carta de despido. Firma "no conforme" con la fecha si te lo piden; firmar la recepcion no es aceptar nada, pero deja constancia de cuando arranca el plazo.
  2. Dias 1-15: reune documentacion (contrato, nominas de los ultimos 12 meses, carta, mensajes relevantes) y consulta con un abogado laboralista o graduado social. Calcula aqui tu cifra orientativa para negociar con datos.
  3. Antes del dia 20 habil: presenta la papeleta de conciliacion ante el servicio de mediacion de tu comunidad (SMAC, UMAC, CMAC... el nombre varia). Es un escrito sencillo que identifica a las partes, relata el despido y pide la improcedencia. Su presentacion suspende el plazo de 20 dias, que se reanuda si la conciliacion acaba sin acuerdo.
  4. Acto de conciliacion: se celebra en semanas. Muchos despidos se pactan aqui: la empresa reconoce la improcedencia y se acuerda una cifra. Lo acordado en conciliacion tiene fuerza ejecutiva.
  5. Sin acuerdo: demanda ante el Juzgado de lo Social dentro del plazo restante. En el juicio, la carga de probar la causa del despido es de la empresa.

Los 20 dias son habiles: no cuentan sabados, domingos ni festivos, pero agosto si cuenta a efectos de este plazo en via administrativa, asi que no te confies con las vacaciones. Y un aviso serio: este plazo es de caducidad, no de prescripcion. No se interrumpe por negociar por WhatsApp con la empresa ni por esperar "a ver si me llaman". O presentas papeleta, o el derecho muere el dia 21.

El error mas caro en un despido no es calcular mal: es dejar pasar los 20 dias habiles. Una indemnizacion de decenas de miles de euros puede evaporarse por una semana de indecision.

Finiquito e indemnizacion no son lo mismo

Se confunden constantemente y conviene separarlos. El finiquito es la liquidacion de lo ya devengado: los dias de salario del mes en curso, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extras no prorrateadas. Se cobra siempre que termina un contrato, da igual el motivo, incluso si dimites. La indemnizacion compensa la perdida del empleo y solo existe en los supuestos que ya hemos visto. En la practica te entregaran un unico documento de liquidacion: revisalo linea a linea, comprueba que las vacaciones pendientes estan bien contadas y, si tienes dudas, firma "no conforme" o "recibi, pendiente de revision". Firmar un finiquito con valor liberatorio pleno puede dificultar reclamar despues, aunque los tribunales no dan por buena cualquier renuncia. Otra confusion habitual: el paro. La prestacion por desempleo es compatible con cobrar la indemnizacion (no la retrasa ni la reduce), y se solicita en los 15 dias habiles siguientes al cese. Tras un despido, aunque sea disciplinario, tienes derecho a paro si has cotizado lo suficiente; tras una dimision, no.

Errores que conviene evitar

El primero, aceptar sin mas que un despido es objetivo, con 20 dias, cuando podria ser improcedente, con 33. La diferencia es enorme. El segundo, dejar pasar el plazo: tienes veinte dias habiles para impugnar un despido, y pasado ese tiempo, lo pierdes. El tercero, no contar bien la antiguedad, sobre todo si hubo contratos encadenados o el tramo anterior a 2012.

Hay unos cuantos mas que vemos repetirse:

  • Calcular con el salario neto. La indemnizacion se calcula siempre sobre el bruto, con pagas extras y variables incluidos. Con el neto te sale una cifra artificialmente baja.
  • Olvidar el salario en especie y el variable. Coche, seguro medico, bonus: todo suma al regulador, como viste en el ejemplo de Marta.
  • Firmar la baja voluntaria que te pone delante la empresa. Sin indemnizacion y sin paro. Si no quieres irte, no firmes una dimision jamas, por mucha presion que haya.
  • Aceptar un acuerdo el mismo dia de la carta. Tienes 20 dias habiles; usalos para calcular y asesorarte. Las prisas casi siempre benefician a quien redacta el documento.
  • No guardar pruebas. Nominas, contratos, correos, cuadrantes: todo lo que acredite salario real y antiguedad real vale oro en conciliacion.
  • Creer que el disciplinario nunca se indemniza. Solo si se declara procedente. Muchos disciplinarios caen en improcedencia por falta de prueba o defectos de la carta.
  • Ignorar la fiscalidad al negociar. 40.000 euros de indemnizacion legal exenta no son lo mismo que 40.000 de "acuerdo" que tributa. Negocia en neto.

Cuando acudir a un abogado laboralista o a un graduado social

Siempre que haya dudas, y casi siempre las hay. Como pauta honesta: si la cifra en juego supera unos pocos cientos de euros, la consulta se paga sola. Acude a un profesional especialmente si tu despido llega estando de baja medica, embarazada o con jornada reducida por cuidado (posible nulidad); si hubo contratos temporales encadenados; si tu salario tiene variable o especie; si la empresa alega causas economicas sin ensenar numeros; si te ofrecen un acuerdo con prisa; o si la empresa esta en concurso. Un graduado social o un laboralista revisara la carta, recalculara el regulador y la antiguedad, presentara la papeleta a tiempo y negociara con una cifra realista sobre la mesa. Los sindicatos tambien ofrecen asesoria laboral a sus afiliados, y existe justicia gratuita para quien cumple los requisitos de ingresos. Esta pagina te da el numero de partida; la estrategia, que la lleve quien litiga despidos cada semana.

Cuando el despido llega, conviene saber tus numeros

Un despido es un golpe, y en pleno golpe es dificil pensar con claridad. Por eso tener una estimacion rapida de lo que te corresponde ayuda a poner los pies en el suelo. No para conformarte, sino al reves: para saber si la cifra que te ofrecen se acerca a lo justo o se queda corta, y decidir con datos si reclamar o aceptar.

La diferencia entre un despido objetivo y uno improcedente es enorme, y no siempre esta clara de entrada. Las empresas a veces presentan como objetivo, con sus 20 dias por ano, lo que un juez podria considerar improcedente, con 33. Cuestionarlo a tiempo, dentro de los veinte dias habiles, puede multiplicar la indemnizacion. Por eso calcular es el primer paso, pero no el ultimo: si la cosa pinta dudosa, busca quien lo mire.

Glosario rapido

Despido improcedente: el que no esta debidamente justificado, 33 dias por ano. Despido objetivo: por causas economicas u organizativas, 20 dias por ano. Despido nulo: el que vulnera derechos fundamentales o situaciones protegidas; readmision obligatoria. Tope: el limite en mensualidades de la indemnizacion. Salario regulador: el que sirve de base al calculo, con extras, variable y especie. Antiguedad: el tiempo en la empresa, clave en la cuantia. Papeleta de conciliacion: el escrito previo a la demanda que suspende el plazo de 20 dias. SMAC: el servicio administrativo donde se celebra la conciliacion. FOGASA: el fondo publico que paga, con limites, si la empresa es insolvente. Finiquito: la liquidacion de salarios y vacaciones pendientes, distinta de la indemnizacion. Salarios de tramitacion: los devengados entre el despido y la sentencia, en caso de nulidad o de improcedencia con readmision.

En pocas palabras

La indemnizacion depende del tipo de despido, tu salario y tu antiguedad, con topes en mensualidades, y suele estar exenta de IRPF hasta el limite legal. Es igual en toda Espana. Calcula tu cifra, compara con lo que te ofrecen y, si dudas de que el despido este bien planteado, muevete dentro de los veinte dias habiles. Conocer tus derechos es la mejor defensa.

Disponible para las 17 comunidades autonomas

El selector de esta calculadora cubre toda Espana. Aunque la formula de esta herramienta es la misma en todo el pais, el selector te conecta con la informacion y los recursos de tu comunidad. Aqui tienes la lista completa de territorios cubiertos.

ComunidadEstadoNota local
AndaluciaDisponibleAndalucia ha rebajado su tramo autonomico del IRPF en los ultimos ejercicios.
AragonDisponibleAragon mantiene una escala autonomica con tramos altos algo superiores a la media.
AsturiasDisponibleAsturias aplica de las escalas autonomicas mas progresivas en tramos altos.
Islas BalearesDisponibleBaleares aplica IVA estatal (no IGIC) pese a ser archipielago.
CanariasDisponibleCanarias NO aplica IVA: aplica el IGIC, con tipo general del 7% y reducido del 3%.
CantabriaDisponibleCantabria sigue una escala autonomica proxima a la media estatal.
Castilla-La ManchaDisponibleCastilla-La Mancha mantiene la escala autonomica replica de la estatal en varios tramos.
Castilla y LeonDisponibleCastilla y Leon ofrece deducciones autonomicas por familia y medio rural.
CatalunaDisponibleCataluna tiene de los tramos autonomicos altos mas elevados de Espana.
CeutaDisponibleCeuta no aplica IVA sino IPSI, y el IRPF tiene una bonificacion del 50% por residencia.
Comunidad ValencianaDisponibleLa Comunidad Valenciana aplica una escala autonomica con tramos altos por encima de la media.
ExtremaduraDisponibleExtremadura aplica una de las escalas mas progresivas en rentas altas.
GaliciaDisponibleGalicia ha rebajado el tramo autonomico para rentas medias y bajas.
La RiojaDisponibleLa Rioja aplica de los tipos autonomicos mas bajos del IRPF en rentas medias.
Comunidad de MadridDisponibleMadrid aplica la escala autonomica del IRPF mas baja de todo el territorio comun.
MelillaDisponibleMelilla no aplica IVA sino IPSI, con bonificacion del 50% en el IRPF por residencia.
Region de MurciaDisponibleMurcia mantiene una escala autonomica proxima a la media, con deducciones por vivienda.
Navarra (foral)DisponibleNavarra tiene regimen foral propio: su IRPF se rige por una escala unica foral, no por la estatal+autonomica.
Pais Vasco (foral)DisponiblePais Vasco tiene regimen foral: cada diputacion (Bizkaia, Gipuzkoa, Araba) fija su propia escala foral del IRPF.

Como usar la calculadora de indemnizacion por despido, paso a paso

  1. Calcula tu salario diario. Divide tu salario bruto anual entre 365. Ese es el valor de un dia.
  2. Cuenta tu antiguedad. Los anos completos y la parte proporcional desde tu fecha de alta.
  3. Elige el tipo de despido. Improcedente son 33 dias por ano; objetivo, 20; con un tope de mensualidades.

Un consejo de uso: prueba los dos escenarios. Calcula primero con "objetivo (20 dias)" y luego con "improcedente (33 dias)". La diferencia entre ambas cifras es, literalmente, lo que te juegas al decidir si impugnas el despido o aceptas lo ofrecido. Y si tu antiguedad arranca antes de febrero de 2012, usa la opcion de 45 dias para estimar el tramo antiguo; para el calculo fino en dos tramos con tope de 720 dias, pide que te lo revise un profesional con tus fechas y nominas exactas delante.

Preguntas frecuentes

Cuanto corresponde por despido improcedente?

33 dias de salario por ano trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Para el tiempo anterior a febrero de 2012 se cuentan 45 dias por ano, con las reglas del regimen transitorio (tope conjunto de 720 dias o, si el tramo antiguo ya lo superaba, hasta 42 mensualidades).

Y por despido objetivo?

20 dias de salario por ano trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Es el caso de causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion, y la empresa debe poner el dinero a tu disposicion al entregarte la carta.

La indemnizacion tributa?

La indemnizacion obligatoria por despido esta exenta de IRPF hasta el tope legal y con el limite absoluto de 180.000 euros. Lo que supere ese limite, y todo lo pactado por encima del minimo legal, si tributa (con posible reduccion del 30% por renta irregular).

Cambia la indemnizacion segun la comunidad?

No. Es una cuantia regulada por el Estatuto de los Trabajadores, identica en toda Espana. Ni Madrid, ni Cataluna, ni los territorios forales tienen dias por ano distintos.

Si dimito tengo indemnizacion?

No. La dimision voluntaria no genera indemnizacion, solo finiquito, y ademas no da derecho a paro. La indemnizacion exige un despido o una causa que lo justifique, como la extincion por incumplimientos de la empresa del articulo 50 ET.

Cuanto tengo por fin de contrato temporal?

12 dias de salario por ano de servicio, prorrateados por meses, salvo en contratos formativos y en el contrato de sustitucion, que no la generan. Si el contrato temporal era fraudulento, la extincion puede ser en realidad un despido improcedente de 33 dias por ano.

Que plazo tengo para reclamar un despido?

20 dias habiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad: presentar la papeleta de conciliacion lo suspende, pero negociar informalmente no. Pasado el plazo sin papeleta ni demanda, el despido queda firme.

Que pasa si la empresa no puede pagar?

Con la empresa insolvente o en concurso, FOGASA abona salarios pendientes (hasta 120 dias) e indemnizaciones (hasta una anualidad, calculada a un maximo de 30 dias por ano), siempre con el tope del doble del SMI diario con prorrata de pagas. Necesitas normalmente una sentencia o titulo equivalente que reconozca la deuda.

El despido estando de baja medica es nulo?

No automaticamente, pero puede serlo si se aprecia discriminacion (la ley considera la enfermedad como posible causa discriminatoria desde 2022) o vulneracion de derechos. Como minimo, muchos de estos despidos acaban en improcedencia. Es un supuesto claro para consultar con un laboralista antes de firmar nada.

Cobro paro ademas de la indemnizacion?

Si. La prestacion por desempleo es independiente de la indemnizacion y compatible con ella. Tras el cese tienes 15 dias habiles para solicitarla al SEPE. Tras una dimision voluntaria, en cambio, no hay derecho a paro salvo excepciones muy concretas.

Como se cuenta la antiguedad si encadene contratos temporales?

Si hubo continuidad imprescindible en la prestacion (contratos sucesivos, ETT incluida, sin interrupciones significativas), los tribunales suelen computar toda la cadena desde el primer contrato. Esto puede mover la fecha de antiguedad anos atras e incluso meterte en el tramo de 45 dias anterior a 2012.

Puedo negociar una indemnizacion mayor que la legal?

Si, nada impide pactar por encima del minimo legal, y en conciliacion es habitual. Recuerda el efecto fiscal: lo que exceda de la indemnizacion obligatoria tributa, asi que compara ofertas en dinero neto, no bruto.

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Esta calculadora es una ayuda, no un sustituto del consejo profesional. Los resultados son orientativos y parten de los datos que tu introduces. Para tramites oficiales, contratos o decisiones con dinero de por medio, contrasta siempre con la fuente que corresponda o con un profesional. Nosotros revisamos las formulas cada trimestre, pero la normativa cambia y tu situacion personal tiene matices que ninguna herramienta automatica conoce.

En materia de despido esto va muy en serio: hay plazos de caducidad de 20 dias habiles, documentos con valor liberatorio y decisiones fiscales que no se pueden deshacer. Nada de lo que lees aqui es asesoramiento juridico ni promesa de resultado; es informacion general para que llegues mejor preparado a la consulta con un abogado laboralista o un graduado social colegiado, que son quienes deben valorar tu caso concreto con tus documentos delante.

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