Tramos del IRPF 2026: tabla estatal, escala autonómica y cómo se calcula

Respuesta rápida
La escala estatal general del IRPF tiene seis tramos: 9,5% hasta 12.450 €; 12% de 12.450 a 20.200 €; 15% de 20.200 a 35.200 €; 18,5% de 35.200 a 60.000 €; 22,5% de 60.000 a 300.000 €, y 24,5% desde 300.000 €. A cada tramo se le suma el tipo autonómico de tu comunidad: con la escala de referencia, el marginal combinado va del 19% al 47%, pero cada comunidad aprueba la suya. Solo la parte de base que cae en cada tramo paga su tipo, nunca toda la renta.
El IRPF no aplica un único porcentaje sobre todo lo que ganas: divide tu base liquidable en franjas (tramos) y a cada una le corresponde un tipo distinto, cada vez más alto. La cuota final sale de sumar dos escalas paralelas, la estatal y la autonómica, por lo que el resultado varía según dónde vivas.
En términos generales, el tipo marginal combinado recorre un rango aproximado del 19% al 47% a medida que sube la base liquidable, aunque la escala exacta de tu comunidad autónoma puede diferir de la de referencia. Si quieres el número concreto para tu caso, la calculadora de IRPF 2026 lo estima aplicando tus datos.
Antes de usar estas cifras
Las escalas de este artículo son las de la Ley 35/2006 del IRPF (arts. 63 y 66 para la parte estatal) en su redacción vigente. Se mantienen para 2026 siempre que no se apruebe una reforma que las cambie, y las escalas autonómicas pueden modificarse cada año. Es información general, no asesoramiento: comprueba las cifras en la web de la Agencia Tributaria o en la normativa de tu comunidad, y consulta a un asesor fiscal si tu caso tiene varias fuentes de renta, cambios de residencia o decisiones de inversión detrás.
¿Qué son los tramos del IRPF y por qué el impuesto es progresivo?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto progresivo. Esto significa que no se aplica un tipo fijo sobre el total de lo que ganas, sino que tu base liquidable se divide en franjas o "tramos" y cada una tributa a un tipo distinto, creciente conforme sube la renta. Es una de las confusiones más habituales: mucha gente cree que si su salario "sube de tramo" empieza a pagar ese tipo más alto sobre todo su sueldo, y no es así. Solo la porción de renta que cae dentro de ese tramo superior paga el tipo superior; el resto sigue pagando lo que le corresponde a cada franja anterior.
En España, la cuota del IRPF no depende de una sola escala, sino de dos que se suman: la escala general estatal, igual para todo el territorio de régimen común, y la escala autonómica, que aprueba cada comunidad dentro de su margen de competencia. El resultado final de tu declaración es la suma de ambas cuotas aplicadas sobre la misma base liquidable general.
Idea clave: el tipo de tu tramo solo afecta a los euros que caen dentro de ese tramo. Por eso nadie cobra menos neto por ganar un euro más de base: ese euro paga, como mucho, el tipo marginal, y todo lo anterior sigue igual.
Antes de entrar en las tablas, conviene fijar tres ideas que se repiten en toda la declaración:
- El IRPF distingue entre base liquidable general (trabajo, actividades económicas, alquileres) y base liquidable del ahorro (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales por transmisión de elementos), que tienen escalas de tramos diferentes.
- La cuota se calcula tramo por tramo, no aplicando el tipo marginal a toda la base.
- La escala autonómica cambia de una comunidad a otra, así que dos personas con el mismo sueldo pueden pagar cantidades distintas según dónde tengan su residencia fiscal a efectos del impuesto.
Con esas bases claras, vamos a la tabla que casi todo el mundo busca: los tramos estatales de la renta general.
Tabla de los tramos estatales del IRPF en 2026
La escala general estatal se fija en el artículo 63 de la Ley del IRPF. Sus umbrales de 12.450, 20.200, 35.200 y 60.000 € llevan en vigor desde 2016, y en 2021 se añadió el sexto tramo para la base que supera los 300.000 €. Salvo cambio normativo expreso, esta es la escala estatal aplicable en 2026 sobre la base liquidable general:
| Tramo de base liquidable general | Tipo estatal marginal |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 12% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 15% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 18,50% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 22,50% |
| Más de 300.000 € | 24,50% |
Esta tabla es solo la mitad de la fotografía. A estos porcentajes hay que sumarles el tipo autonómico correspondiente para llegar al tipo real que soportas. La referencia que se usa habitualmente es una escala autonómica con los mismos umbrales y los mismos tipos que la estatal hasta 300.000 € (la escala supletoria que se aplicaba antes de que las comunidades aprobaran las suyas). Con ella, el tipo combinado queda así:
| Tramo de base liquidable general | Estatal | Autonómico de referencia | Combinado de referencia |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50% | 9,50% | 19% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 12% | 12% | 24% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 15% | 15% | 30% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 18,50% | 18,50% | 37% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 22,50% | 22,50% | 45% |
| Más de 300.000 € | 24,50% | 22,50% | 47% |
Este rango del 19% al 47% es el que suele citarse como "los tramos del IRPF en España", pero la columna autonómica es orientativa: tu comunidad puede tener más tramos, otros umbrales y otros tipos. No hemos incluido aquí las escalas de cada comunidad porque cambian con sus leyes de presupuestos y medidas fiscales; para el dato exacto de 2026, consulta la escala autonómica que publica la Agencia Tributaria en su manual de Renta o la normativa de tu comunidad.
Cómo ha evolucionado la escala desde 2015
Mirar la evolución ayuda a entender por qué circulan tablas distintas en internet: muchas son de ejercicios anteriores. Estos son los cambios principales de la escala combinada de referencia y de la escala del ahorro en la última década:
| Ejercicio | Escala general combinada de referencia | Escala del ahorro |
|---|---|---|
| 2015 | 20% / 25% / 31% / 39% / 47%, con el tercer umbral en 34.000 € | 20% / 22% / 24% |
| 2016 a 2020 | 19% / 24% / 30% / 37% / 45%, con umbrales de 12.450, 20.200, 35.200 y 60.000 € | 19% / 21% / 23% |
| 2021 y 2022 | Se añade el 47% para la base que supera 300.000 € | Se añade el 26% desde 200.000 € |
| 2023 y 2024 | Sin cambios en la escala estatal | 27% de 200.000 a 300.000 € y 28% desde 300.000 € |
| Desde 2025 | Sin cambios en la escala estatal | El tramo desde 300.000 € sube al 30% |
Si encuentras una tabla que da el 28% como tipo máximo del ahorro, está desfasada: desde el ejercicio 2025 ese tramo tributa al 30%.
La escala autonómica: por qué tus tramos no son los mismos que los de otra comunidad
Desde la cesión de competencias normativas a las comunidades autónomas de régimen común, cada una puede aprobar su propia escala de tramos autonómicos, con la única condición legal de que sea progresiva. Esto quiere decir que el número de tramos, los umbrales de renta en los que empieza cada uno y el tipo aplicable pueden variar de una comunidad a otra. Algunas comunidades han optado por escalas con más tramos y tipos más bajos en las rentas medias; otras mantienen una estructura más parecida a la escala de referencia; otras aplican tipos marginales superiores en las rentas altas. Las comunidades también pueden modificar, para su parte del impuesto, los importes del mínimo personal y familiar.
Esto tiene consecuencias prácticas muy concretas: dos personas con idéntico salario bruto, mismas circunstancias familiares y mismas deducciones pueden acabar pagando cuotas distintas en la declaración de la renta solo por tener su residencia fiscal en comunidades diferentes. La diferencia no suele ser enorme en los tramos bajos, pero se agranda a medida que sube la base liquidable, porque ahí es donde más difieren los tipos marginales autonómicos.
Si quieres ver cómo cambia tu cuota según dónde resides, te interesa más la comparativa específica que un resumen genérico: la herramienta de IRPF por comunidades te permite comparar tu resultado en distintas comunidades con los mismos datos de partida. Úsala como estimación y contrasta el resultado final con Renta Web.
Ceuta y Melilla
Ceuta y Melilla no tienen una escala autonómica propia como las comunidades. Sus residentes aplican, junto a la estatal, una escala complementaria fijada por la propia ley estatal, y cuentan además con una deducción específica del 60% de la parte de cuota que corresponde a las rentas obtenidas en esas ciudades (art. 68.4 de la Ley del IRPF), con requisitos de residencia y de origen de las rentas. Tienes el detalle orientativo en las páginas de IRPF en Ceuta y IRPF en Melilla.
País Vasco y Navarra: otro impuesto
Todo lo anterior vale para el territorio de régimen común. En el País Vasco (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa) y en Navarra rige el régimen foral: cada Diputación Foral y la Comunidad Foral de Navarra regulan su propio IRPF, con escalas, mínimos, reducciones y deducciones que no coinciden con la ley estatal, y la declaración se presenta ante la hacienda foral. Si resides allí, las tablas de este artículo no te sirven; consulta la normativa foral o las guías de IRPF en el País Vasco y IRPF en Navarra.
Tipo marginal frente a tipo efectivo: el error que confunde a casi todo el mundo
El tipo marginal es el porcentaje que se aplica al último euro que ganas, el correspondiente al tramo más alto que alcanzas. El tipo efectivo (o tipo medio) es el resultado de dividir toda la cuota que pagas entre toda tu base liquidable. Son números distintos y el segundo es casi siempre bastante más bajo que el primero, porque solo una parte de tu renta tributa al tipo marginal; el resto tributa a los tipos, más bajos, de los tramos anteriores.
Vamos con un ejemplo numérico para verlo con claridad. Supongamos una persona con una base liquidable general de 30.000 € (ya descontados gastos deducibles y reducciones), sin hijos ni otros mínimos que el del contribuyente, y usamos la escala combinada de referencia (19% / 24% / 30% / 37% / 45% / 47%). Primer paso, la escala sobre la base:
| Tramo | Importe que cae en el tramo | Tipo aplicable | Cuota de ese tramo |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 12.450 € | 19% | 2.365,50 € |
| De 12.450 € a 20.200 € | 7.750 € | 24% | 1.860,00 € |
| De 20.200 € a 30.000 € (parte del tercer tramo) | 9.800 € | 30% | 2.940,00 € |
| Total | 30.000 € | — | 7.165,50 € |
Segundo paso, el mínimo personal. El mínimo del contribuyente (5.550 €) no se resta de la base, sino que se le aplica la misma escala empezando por abajo: 5.550 € × 19% = 1.054,50 €. Esa cantidad se descuenta de la cuota anterior: 7.165,50 − 1.054,50 = 6.111,00 € de cuota íntegra, antes de deducciones.
Si dividimos esos 6.111,00 € entre la base de 30.000 €, el tipo efectivo sale en torno al 20,37%, muy por debajo del 30% que corresponde al tramo en el que se encuentra esta persona. Ese 30% es su tipo marginal: el que pagaría por cada euro adicional de base, no el que paga sobre el conjunto de su renta. Recuerda que el ejemplo usa la escala de referencia; con la escala real de tu comunidad y tus deducciones la cifra cambiará.
Qué pasa si te suben el sueldo y cambias de tramo
Sigamos con el mismo caso. Si la base liquidable pasa de 30.000 a 31.000 €, esos 1.000 € extra caen en el tramo del 30%, así que la cuota sube 300 € y a la persona le quedan 700 € más. Si la subida la llevara de 35.000 a 36.000 €, los primeros 200 € tributarían al 30% y los 800 € restantes, ya por encima de 35.200 €, al 37%: 60 + 296 = 356 € más de cuota, y 644 € netos adicionales. Ganar más siempre deja más dinero; lo que cambia es qué porcentaje de cada euro nuevo se lleva el impuesto.
Esta distinción es la que explica por qué subir de tramo no reduce nunca el neto por efecto de la escala. Otra cosa distinta son las ayudas, becas o bonificaciones que se pierden al superar un límite de renta: eso no depende del IRPF y conviene revisarlo por separado.
Mínimo personal y familiar: la parte de tu renta que no paga impuesto
La ley considera que una parte de tu renta se destina a necesidades básicas y la deja fuera del gravamen: es el mínimo personal y familiar. Técnicamente tributa a tipo cero, con la mecánica que has visto en el ejemplo: se calcula la cuota de toda la base, se calcula la cuota del mínimo aplicando la escala desde el primer tramo, y se resta la segunda de la primera. Cuanto mayor sea el mínimo, menor será la cuota resultante.
Estos son los importes que fija la Ley del IRPF (arts. 57 a 60) para la parte estatal. Las comunidades pueden aprobar importes distintos para su parte autonómica:
| Concepto | Importe anual (parte estatal) |
|---|---|
| Mínimo del contribuyente | 5.550 € |
| Incremento si tienes más de 65 años | +1.150 € |
| Incremento adicional si tienes más de 75 años | +1.400 € |
| Primer descendiente | 2.400 € |
| Segundo descendiente | 2.700 € |
| Tercer descendiente | 4.000 € |
| Cuarto descendiente y siguientes | 4.500 € cada uno |
| Descendiente menor de 3 años | +2.800 € |
| Ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad | 1.150 € (+1.400 € si es mayor de 75) |
| Discapacidad igual o superior al 33% | 3.000 € |
| Discapacidad igual o superior al 65% | 9.000 € |
| Gastos de asistencia (movilidad reducida o discapacidad igual o superior al 65%) | +3.000 € |
Algunas condiciones que conviene tener presentes:
- Descendientes: dan derecho al mínimo los menores de 25 años (o con discapacidad, a cualquier edad) que convivan contigo y no tengan rentas anuales superiores a 8.000 €, excluidas las exentas. Si ambos progenitores tienen derecho, el importe se reparte a partes iguales.
- Ascendientes: deben convivir contigo al menos la mitad del año y no tener rentas anuales superiores a 8.000 €, excluidas las exentas.
- Discapacidad: se aplica tanto a la del propio contribuyente como a la de descendientes o ascendientes que generen derecho a mínimo, con los mismos importes según el grado reconocido.
En la práctica, cuanta más situación familiar reconocida tengas (hijos, mayores a cargo, discapacidad), menor será tu factura fiscal para el mismo sueldo bruto, aunque tu base y tu tramo marginal sean exactamente los mismos.
Reducción por rendimientos del trabajo: un ajuste para las rentas más bajas
Antes de llegar a la base liquidable, a tus ingresos del trabajo se les restan las cotizaciones a la Seguridad Social y otros gastos deducibles, entre ellos una cantidad fija de 2.000 € anuales en concepto de "otros gastos" que la ley reconoce a todos los trabajadores, ampliable en algunos supuestos como la movilidad geográfica o la discapacidad.
Además, quienes obtienen rendimientos netos del trabajo por debajo de determinados umbrales tienen derecho a una reducción adicional, pensada para suavizar la carga fiscal en las rentas bajas. El importe de esta reducción es mayor cuanto menor es el rendimiento neto, y va disminuyendo de forma progresiva hasta desaparecer a partir de un determinado nivel de ingresos.
Esta reducción se aplica solo si no obtienes rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 € (excluidas las exentas). Los umbrales y la cuantía máxima se han modificado varias veces en los últimos ejercicios, así que la cifra que te corresponde en 2026 conviene comprobarla en la AEAT o con tus datos reales en lugar de dar por buena una cifra de un año anterior.
El efecto combinado de los gastos deducibles, esta reducción y el mínimo personal y familiar explica por qué muchos salarios moderados terminan con un tipo efectivo bastante inferior a lo que sugeriría, a simple vista, mirar solo la tabla de tramos.
Retenciones en la nómina: un anticipo, no el impuesto final
El porcentaje de retención que aparece en tu nómina cada mes no es tu tipo de IRPF definitivo, sino una estimación que tu empresa calcula al inicio del año (o cuando cambian tus circunstancias) para ir adelantando a Hacienda una parte de lo que previsiblemente pagarás en tu declaración anual. Ese cálculo tiene en cuenta tu salario anual previsto, tu tipo de contrato y la situación familiar que comunicas en el modelo 145 (hijos, ascendientes, discapacidad, pensiones compensatorias o de alimentos, entre otros datos).
Un detalle que sorprende a mucha gente: el procedimiento de retenciones del Reglamento del IRPF usa una escala común para todo el territorio de régimen común. Tu comunidad autónoma no cambia el porcentaje que te retienen, pero sí la cuota final. Si tu comunidad tiene tipos más altos que la escala de referencia, es más probable que la declaración te salga a pagar; si los tiene más bajos, a devolver. En contratos de duración inferior a un año, el tipo de retención no puede ser inferior al 2%.
Esto explica dos situaciones frecuentes:
- Si tus circunstancias cambian a lo largo del año (tienes un hijo, cambias de empresa, cobras un ingreso extraordinario, tienes dos pagadores a la vez), la retención practicada durante los meses anteriores puede quedar desajustada respecto a tu cuota real. Cada pagador calcula tu retención como si fuera el único.
- Cuando llega la declaración de la renta, se compara la suma de retenciones e ingresos a cuenta que ya soportaste con la cuota final calculada aplicando tramos, mínimos, reducciones y deducciones. Si retuvieron de más, Hacienda te devuelve la diferencia; si retuvieron de menos, toca pagar.
Por eso es habitual ver a personas con el mismo sueldo bruto con resultados de declaración completamente distintos: no depende solo de cuánto ingresan, sino de cuánto les retuvieron por adelantado frente a lo que realmente les correspondía tributar. Si quieres ver qué retención se aplica a tu sueldo, la calculadora de nómina neta 2026 te da una estimación orientativa.
Las rentas del ahorro tienen su propia escala, distinta de la general
Un matiz que se pasa por alto con frecuencia al hablar de "los tramos del IRPF": la escala que hemos descrito hasta ahora corresponde a la base liquidable general (salarios, actividades económicas, arrendamientos). Los dividendos, los intereses de cuentas y depósitos, y las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de acciones, fondos, inmuebles u otros activos tributan por una escala distinta, la del ahorro:
| Tramo de base liquidable del ahorro | Estatal | Autonómico | Tipo total |
|---|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 9,50% | 9,50% | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 10,50% | 10,50% | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 11,50% | 11,50% | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 13,50% | 13,50% | 27% |
| Más de 300.000 € | 15% | 15% | 30% |
La escala del ahorro se divide formalmente en una mitad estatal y una mitad autonómica, pero ambas las fija la ley estatal y las comunidades no pueden modificarlas, así que el tipo total es el mismo en todo el territorio de régimen común. Si tu renta combina sueldo con dividendos o con la venta de un fondo, tu declaración maneja dos escalas en paralelo, cada una sobre su propia base: una ganancia de 10.000 € por vender acciones no "sube de tramo" tu sueldo, porque va a la base del ahorro. Tributaría 6.000 € al 19% (1.140 €) y 4.000 € al 21% (840 €), 1.980 € en total, sea cual sea tu salario.
Ojo con las ganancias patrimoniales: vender un inmueble o un fondo con plusvalía no mueve tus tramos de la renta general, pero sí puede llevar la base del ahorro a los tramos del 21% o del 23%. Planificar en qué ejercicio se materializa una venta grande es una decisión que merece hablar con un asesor fiscal.
Cómo se traducen las diferencias autonómicas en tu bolsillo
Las comunidades autónomas no solo pueden mover los tipos de cada tramo: también pueden cambiar los umbrales de renta en los que empieza cada franja, añadir tramos adicionales en las rentas altas, ajustar su parte del mínimo personal y familiar, o aprobar deducciones autonómicas propias que reducen la cuota final aunque no toquen la escala (deducciones por nacimiento, por alquiler de vivienda habitual, por gastos de guardería o por donativos, entre otras). En los últimos ejercicios, además, varias comunidades han actualizado sus umbrales para compensar la inflación, algo que la escala estatal no ha hecho desde 2016.
El efecto acumulado de todo esto es que, para valorar cuánto pagarías realmente en una comunidad frente a otra, no basta con mirar el tipo marginal más alto de cada escala: hay que aplicar la escala completa, tramo por tramo, y restar las deducciones autonómicas a las que tengas derecho, que suelen exigir límites de renta y requisitos concretos. Es exactamente el cálculo que evita hacer a mano la comparativa de IRPF por comunidades, útil para entender por qué tu cuota difiere de la de un familiar que vive en otra comunidad. Si te planteas un cambio de residencia por motivos fiscales, ten en cuenta que la residencia se determina por reglas legales (principalmente, dónde permaneces más días del año) y que un traslado ficticio puede regularizarse: es un caso para asesor fiscal.
Reducciones que bajan tu base y cambian lo que pagas en tu tramo
Como la escala se aplica sobre la base liquidable, todo lo que reduce esa base se ahorra, precisamente, a tu tipo marginal. Por eso las reducciones benefician más a quien está en tramos altos. Dos de las más comunes:
Aportaciones a planes de pensiones
Las aportaciones propias a planes de pensiones individuales reducen la base imponible general con un límite de 1.500 € anuales, que puede ampliarse cuando hay contribuciones de la empresa a un plan de empleo o en determinados planes de empleo para autónomos, y con el límite adicional del 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. En el ejemplo anterior (base de 30.000 €, tramo marginal combinado de referencia del 30%), aportar 1.500 € bajaría la base a 28.500 € y la cuota en unos 450 €. Ese ahorro no es gratis: es un diferimiento, porque el dinero tributa como rendimiento del trabajo cuando lo rescatas, y la liquidez queda limitada. Antes de aportar solo por la desgravación, valóralo con un asesor.
Tributación conjunta
Las unidades familiares pueden elegir tributar de forma conjunta. En la modalidad de matrimonio con hijos, la base se reduce en 3.400 € anuales; en la monoparental, en 2.150 €. La contrapartida es que las rentas de ambos cónyuges se suman en una sola base y se someten juntas a la escala, así que solo suele compensar cuando uno de los dos no tiene ingresos o son muy bajos. Renta Web permite comparar ambas modalidades antes de presentar, y es lo recomendable cada año.
¿Estás obligado a declarar? Tramos no es lo mismo que límites
Estar en un tramo no significa estar obligado a presentar la declaración. Para rendimientos del trabajo, en las últimas campañas no estaba obligado quien cobraba hasta 22.000 € anuales de un solo pagador, límite que baja a 15.876 € cuando hay más de un pagador y los del segundo y siguientes superan en conjunto 1.500 €, cuando se cobran pensiones compensatorias o anualidades por alimentos no exentas, o cuando el pagador no está obligado a retener. También hay límites de 1.600 € para rendimientos del capital y ganancias sujetas a retención, y de 1.000 € para rentas inmobiliarias imputadas y otras similares.
Esos importes pueden cambiar de una campaña a otra y hay supuestos en los que se declara siempre (por ejemplo, para aplicar determinadas deducciones o si se tienen actividades económicas en ciertos casos). Compruébalos en la web de la AEAT antes de la campaña de la renta 2026. Y aunque no estés obligado, presentar la declaración te interesa si te han retenido más de lo que corresponde, porque es la única forma de recuperar la diferencia.
Errores frecuentes al interpretar los tramos del IRPF
- Aplicar el tipo marginal a toda la renta. Es el error más repetido: una base de 30.000 € no paga el 30% sobre todo, sino un tipo medio muy inferior.
- Confundir sueldo bruto con base liquidable. Entre uno y otra están las cotizaciones a la Seguridad Social, los 2.000 € de otros gastos, la reducción por trabajo si procede y otras reducciones como las aportaciones a planes de pensiones.
- Restar el mínimo personal de la base. El mínimo tributa a tipo cero aplicándole la escala desde abajo; restarlo de la base sobrestima el ahorro en quien está en tramos altos.
- Usar la escala de referencia como si fuera la de tu comunidad. El 19%-47% es orientativo; tu comunidad tiene su propia escala.
- Tomar como tu tipo el porcentaje de retención de la nómina. La retención es un anticipo con escala común; la cuota final la marca la declaración.
- Mezclar la escala del ahorro con la general. Dividendos, intereses y plusvalías por venta tributan por su propia escala, hoy del 19% al 30%.
- Usar tablas de otro año o de régimen foral. País Vasco y Navarra tienen escalas propias, y circulan tablas antiguas con el 28% como máximo del ahorro.
Cómo calcular en qué tramo estás y cuánto pagarás en la práctica
Para saber tu situación real, sin quedarte solo en la tabla general, el orden de trabajo es este:
- Reúne tus rendimientos íntegros del trabajo, actividades económicas, alquileres y capital mobiliario del ejercicio.
- Resta los gastos deducibles aplicables (cotizaciones a la Seguridad Social, los 2.000 € de otros gastos del trabajo, gastos de la actividad si eres autónomo, cuotas sindicales, entre otros) para obtener el rendimiento neto.
- Aplica la reducción por rendimientos del trabajo si tu nivel de ingresos y tu tipo de renta te dan derecho a ella.
- Resta las reducciones de la base, como las aportaciones a planes de pensiones o la reducción por tributación conjunta, para llegar a la base liquidable general y a la del ahorro.
- Aplica la escala de tramos, estatal más autonómica, sobre la base liquidable resultante, tramo por tramo, como en el ejemplo numérico anterior.
- Resta la cuota del mínimo personal y familiar, calculada aplicando la misma escala a su importe desde el primer tramo.
- Resta las deducciones estatales y autonómicas a las que tengas derecho, y compara el resultado con las retenciones e ingresos a cuenta ya soportados.
Hacer este recorrido a mano es posible, pero exige tener a mano la escala autonómica exacta de tu comunidad para el ejercicio 2026, los importes del mínimo que haya aprobado tu comunidad y el tramo concreto de reducción por trabajo que te corresponde, datos que cambian de un año a otro y que conviene no dar por supuestos. Si prefieres una estimación rápida con tu comunidad y tu situación familiar, la calculadora de IRPF 2026 hace ese recorrido de forma orientativa, y si eres autónomo y asalariado a la vez tienes una guía específica sobre cómo calcular el IRPF con ambos tipos de ingresos. Para el resultado oficial, el borrador de Renta Web o un asesor fiscal.
Regla práctica: usa los tramos para entender tu tipo marginal y decidir (una subida, una aportación, una venta); usa Renta Web o un asesor para saber cuánto pagas. Son dos preguntas distintas.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos tramos tiene el IRPF en España en 2026?
La escala estatal general tiene seis tramos: 9,5% hasta 12.450 €, 12% de 12.450 a 20.200 €, 15% de 20.200 a 35.200 €, 18,5% de 35.200 a 60.000 €, 22,5% de 60.000 a 300.000 € y 24,5% desde 300.000 €. A esa escala se suma la autonómica de tu comunidad, que fija sus propios tramos y tipos, así que el número de tramos combinados y sus porcentajes cambian según dónde residas. Estas cifras se mantienen en 2026 salvo que una ley las modifique.
¿Qué diferencia hay entre el tipo marginal y el tipo efectivo?
El tipo marginal es el porcentaje que se aplica solo al último euro ganado, el correspondiente al tramo más alto alcanzado. El tipo efectivo es la cuota total dividida entre toda la base liquidable, y suele ser bastante más bajo, porque el resto de la renta tributa a los tipos, menores, de los tramos anteriores y porque el mínimo personal y familiar tributa a tipo cero.
¿Por qué alguien de otra comunidad paga menos IRPF que yo con el mismo sueldo?
Porque la parte autonómica del impuesto no es igual en todo el territorio. Cada comunidad puede fijar sus propios tramos, umbrales, mínimos y deducciones, así que dos personas con idéntico salario y circunstancias familiares pueden acabar con cuotas distintas según su residencia fiscal. País Vasco y Navarra, además, tienen su propio IRPF foral.
¿A partir de qué renta empiezo a pagar el tipo del 47%?
Con la escala combinada de referencia (estatal más una autonómica igual a la supletoria), el tipo del 47% se aplica a la parte de base liquidable general que supera los 300.000 €, no al conjunto de los ingresos. En la práctica depende de tu comunidad: hay escalas autonómicas cuyo tipo máximo combinado queda por encima de ese 47% y otras por debajo, y los umbrales también cambian.
¿La escala de tramos es igual para todas las rentas?
No. La renta general (trabajo, actividades económicas, alquileres) tributa con la escala estatal más la autonómica. Las rentas del ahorro (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales por transmisión) tienen su propia escala, fijada por el Estado para todo el territorio de régimen común: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 € y 30% desde 300.000 €.
¿Qué es el mínimo personal y familiar y cómo afecta a mis tramos?
Es la parte de la renta que la ley considera necesaria para cubrir necesidades básicas y que tributa a tipo cero. El mínimo del contribuyente es de 5.550 € con carácter general y aumenta por edad, hijos, ascendientes a cargo y discapacidad. No se resta de la base: se calcula la cuota de la base y se le resta la cuota que corresponde al mínimo, empezando por los tramos más bajos.
¿Por qué mis retenciones de la nómina no coinciden con lo que pago en la declaración?
Porque la retención mensual es un anticipo calculado con tus datos previstos para el año y con un procedimiento de retenciones común para todo el territorio de régimen común, no con la escala de tu comunidad. Si tus circunstancias cambian, tienes varios pagadores o tu comunidad aplica tipos distintos de la escala de referencia, la declaración regulariza la diferencia: te devuelven si retuvieron de más, o pagas si retuvieron de menos.
¿Los tramos del IRPF suben cada año con la inflación?
No de forma automática. Los umbrales de la escala estatal general no se han actualizado con la inflación desde 2016 y solo cambian si una ley los modifica. Algunas comunidades sí han deflactado su escala autonómica en ejercicios recientes, por lo que conviene comprobar la escala vigente de la tuya en cada campaña.
¿Cómo sé en qué tramo estoy exactamente?
Necesitas calcular tu base liquidable general (rendimientos netos menos reducciones como la del trabajo o las aportaciones a planes de pensiones) y compararla con la escala estatal y con la autonómica de tu comunidad. Tu tramo es aquel en el que cae el último euro de esa base. Una calculadora que aplique tus datos concretos evita errores frente a hacerlo a mano.
¿Pagar más porque subo de tramo significa que pierdo dinero neto?
No por la escala. Al ser un impuesto progresivo, solo la parte de renta que entra en el tramo superior paga el tipo más alto; el resto sigue tributando igual que antes. Otra cosa son ayudas o beneficios que se pierden al superar un límite de renta, pero eso no depende de los tramos del IRPF.
¿Los tramos de este artículo sirven si vivo en País Vasco o Navarra?
No. País Vasco y Navarra tienen régimen foral: cada Diputación Foral y la Comunidad Foral de Navarra regulan su propio IRPF, con escalas, mínimos y deducciones distintos de la ley estatal. Para esos territorios hay que consultar la normativa y la hacienda foral correspondiente.
¿Dónde consulto los tramos exactos aprobados por mi comunidad en 2026?
La escala autonómica de cada comunidad se publica en su normativa fiscal propia y puede cambiar cada ejercicio. La Agencia Tributaria recoge las escalas y deducciones autonómicas vigentes en su manual práctico de Renta y en su web. Para una estimación rápida con tus datos, puedes usar una calculadora por comunidades y contrastar el resultado con Renta Web o con un asesor fiscal.
En resumen
Los tramos del IRPF funcionan como una escalera: cada euro que superas un escalón paga el tipo de ese escalón, no el de toda la escalera. La escala estatal (del 9,5% al 24,5%) aporta la base común en el territorio de régimen común, pero la parte autonómica es la que marca la diferencia entre lo que pagas tú y lo que paga alguien con el mismo sueldo en otra comunidad. A eso hay que sumarle el mínimo personal y familiar, que tributa a tipo cero, la reducción por rendimientos del trabajo, las reducciones como los planes de pensiones y las retenciones ya adelantadas, que juntas explican por qué el tipo efectivo suele quedar bastante por debajo del marginal. Las rentas del ahorro van aparte, con su escala del 19% al 30%.
Las cifras de este artículo reflejan la normativa vigente a la fecha de actualización y se aplican a 2026 salvo reforma posterior. Son información general: para tu cifra exacta, usa la calculadora de IRPF 2026 como estimación, contrasta con la Agencia Tributaria y consulta a un asesor fiscal antes de tomar decisiones con impacto fiscal relevante.